Nuevos plazos previstos para la implantación del Reglamento Verifactu

Nuevos plazos previstos para la implantación del Reglamento Veri*factu

El Real Decreto 1007/2023, que regula el Reglamento Veri*factu, podría experimentar cambios significativos en su entrada en vigor. La modificación de la Disposición Final Cuarta, actualmente en trámite, ajustará los plazos para el uso obligatorio de software homologado.

Según el texto publicado en el marco de la consulta pública, los nuevos plazos quedarían así:

  • 1 de enero de 2026: Para sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, es decir, entidades mercantiles.
  • 1 de julio de 2026: Para autónomos y otros contribuyentes no sujetos al Impuesto sobre Sociedades.

A día de hoy, el Boletín Oficial del Estado (BOE) aún fija el plazo general en el 1 de julio de 2025, pero es cuestión de tiempo que los nuevos plazos se oficialicen, dado que la consulta pública ya finalizó y la modificación no requiere aprobación parlamentaria.

¿Qué significa esto para tu negocio?

Estos ajustes representan una oportunidad para que las empresas y autónomos adapten sus sistemas de facturación con más margen de tiempo. Sin embargo, es vital no dejar todo para el último momento, ya que cumplir con las normativas requiere un software homologado y certificado que garantice un correcto registro de operaciones conforme a las exigencias de Hacienda.

En Herto Informática, te ayudamos a cumplir con Veri*factu

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Mantente informado

Seguiremos atentos a la publicación oficial de estos cambios en el BOE. Si necesitas más información o asesoramiento, no dudes en contactarnos.

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